COMUNICADO PLADESEMAPESGA.- En un acto que pone en duda la integridad de las autoridades locales y el respeto por el patrimonio público, se ha desatado una polémica en Moaña que involucra a figuras clave en la administración local y autonómica. Leticia Santos, alcaldesa de Moaña, Miguel García García, jefe del Servicio Provincial de Costas de Pontevedra, y Jacobo Hortas, de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística (APLU), están en el ojo del huracán por una operación que, a todas luces, parece estar diseñada para beneficiar de manera ilícita a Eva Cárdenas, una empresaria con conexiones políticas de alto nivel.
La Venta Ilegal: Un Negocio Redondo a Costa del Patrimonio Público
Eva Cárdenas, vinculada a la inmobiliaria Niebla Azul, ha puesto en venta una parcela de más de 750 metros cuadrados, ubicada en dominio público, por un valor superior a los 575.000 euros. Este terreno, que pertenece al patrimonio común y está protegido por la normativa de servidumbre de paso, ha sido ofrecido al mejor postor bajo la supuesta impunidad que le otorga su conexión con figuras políticas influyentes, como Alberto Núñez Feijóo, ex presidente de la Xunta de Galicia y actual líder del Partido Popular.
Leticia Santos alcaldesa de Moaña, Miguel García García de COSTAS y Jacobo Hortas de la APLU están obligados a restaurar la legalidad urbanística. Eva Cárdenas conocedora de la impunidad pone a la venta la parcela de más de 750 metros cuadrados (DOMINIO PÜBLICO ) por más de 575.000 euros destinados a engrosar sus cuentas de la Inmobiliaria Niebla Azul. En el caso de que la construcción que se pretende VENDER se haya llevado a cabo contra el planeamiento urbanístico, no será posible realizar el proceso de VENTA NI DE SU legalización.
Este tipo de operaciones no solo son éticamente reprobables, sino que también son ilegales. Según la normativa vigente, cualquier administración con competencias en materia de disciplina urbanística tiene la obligación de iniciar un expediente de restauración de la legalidad urbanística al detectar una infracción. Este procedimiento es independiente y previo a cualquier sanción, y su objetivo es revertir la ilegalidad, restaurando el orden jurídico quebrantado .
Sin embargo, en este caso, las autoridades involucradas parecen haber mirado hacia otro lado. La "ignorancia deliberada" con la que han actuado Leticia Santos, Miguel García García y Jacobo Hortas, los convierte en cómplices de una maniobra diseñada para engrosar las arcas de Cárdenas a expensas del dominio público. Esto, además de ser una falta gravísima, es una burla al principio de legalidad que debería regir las acciones de cualquier administración pública .
Las Obligaciones Legales Ignoradas: Normativa Clara, Aplicación Nula
La normativa es clara. La Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística (APLU), regulada por el Decreto 213/2007 y sus modificaciones posteriores, tiene como mandato velar por el cumplimiento de las leyes urbanísticas y restaurar la legalidad en caso de infracciones . Jacobo Hortas, como representante de esta agencia en Pontevedra, está obligado a actuar en cuanto se detecta una irregularidad, más aún cuando se trata de la venta de un terreno público. Sin embargo, su inacción sugiere una conchabanza para facilitar esta transacción ilícita.
Por su parte, Miguel García García, al frente del Servicio Provincial de Costas de Pontevedra, debería estar comprometido con la protección del dominio público marítimo-terrestre. La legislación es también muy explícita en este aspecto, como se refleja en el Plan Estratégico Nacional para la Protección de la Costa Española . No obstante, García García ha permitido que esta operación continúe, evidenciando un preocupante desdén por las responsabilidades que su cargo conlleva.
Leticia Santos, como máxima autoridad municipal, tiene el deber de salvaguardar los intereses del municipio y velar por el cumplimiento de las leyes urbanísticas locales y autonómicas. La normativa urbanística de Moaña, disponible en la oficina virtual del Concello, establece procedimientos claros para la intervención en caso de irregularidades urbanísticas. No obstante, la alcaldesa ha optado por ignorar estas obligaciones, permitiendo que se viole el patrimonio público sin ninguna repercusión aparente .
Conclusión del NEGOCIO DE EVA CARDENAS Y FEIJÓO CON EL DOMINIO PÚBLICO:
Un Caso que Exige Justicia LEJOS DEL ENCUBRIMIENTO Y DE LA IMPUNIDAD.
Este caso es un claro ejemplo de cómo el poder y las conexiones políticas pueden corromper la administración pública, poniendo en riesgo el patrimonio común. Las autoridades involucradas deben rendir cuentas por su inacción y por permitir que Eva Cárdenas se enriquezca a costa del dominio público. Es imperativo que se inicie de inmediato un expediente de restauración de la legalidad urbanística, y que se investiguen a fondo las responsabilidades penales y administrativas de todos los implicados.
La ciudadanía no puede permanecer pasiva ante este tipo de abusos. Es necesario que las autoridades competentes actúen de manera firme y transparente, restaurando la legalidad y asegurando que quienes violen las leyes urbanísticas enfrenten las consecuencias de sus actos. Solo así se podrá restaurar la confianza en las instituciones y proteger el patrimonio que pertenece a todos.
- Decreto 213/2007 - Normativa Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística
- Decreto 450/2009 - Modificación de los Estatutos de la APLU
- Plan Estratégico Nacional para la Protección de la Costa Española
- Anuncio del Servicio Provincial de Costas en Pontevedra
- Normativa Urbanística de Moaña
- Decreto 143/2016 - Reglamento de la Ley 2/2016 del Suelo de Galicia
- Moaña y la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística
-
El Jefe Delgado de la APLU en Pontevedra esta obligado a conocer a la perfección la;
NORMATIVA AGENCIA DE PROTECCIÓN DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA
Decreto 213/2007, de 31 de octubre, por lo que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística
http://www.planeamentourbanistico.xunta.es/coag/lexislacion/g/localhost/1386a.pdfDecreto 450/2009, do 23 de diciembre, por lo que se modifican los estatutos de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, aprobados por el Decreto 213/2007, de 31 de octubre
https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2010/20100115/Anuncio1CD6_es.htmlDecreto 51/2008, de 6 de marzo, por lo que se establece la estructura orgánica de la Agencia de Protección de lana Legalidad Urbanística
https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2008/20080327/Anuncio139CE_es.htmlDecreto 451/2009, del 23 de diciembre, por lo que se modifica el Decreto 51/2008, de 6 de marzo, por lo que se establece la estructura orgánica de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística
https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2010/20100115/Anuncio1CDA_es.htmlDecreto 101/2013, de 27 de junio, por lo que se modifica el Decreto 51/2008, de 6 de marzo, por lo que se establece la estructura orgánica de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística
https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2013/20130703/AnuncioCA02-020713-0001_es.html
DOG Núm. 213Miércoles, 9 de noviembre de 2016Pág. 49305
I. Disposiciones generalesConsellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
DECRETO 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia.
El Jefe del Servicio Provincial de Costas de Pontevedra , Miguel García García esta obligado a conocer a la perfección la;
BOE-B-2024-1193 Anuncio del Servicio Provincial de Costas
Plan Estratégico Nacional para la Protección de la Costa Española considerando los Efectos del Cambio Climático
https://www.miteco.gob.es/es/costas/temas/proteccion-costa/planestrategiconacional.htmlAnuncio del Servicio Provincial de Costas en Pontevedra de información pública relativa a la solicitud de autorización de ocupación de dominio público marítimo terrestre para la realización, en la provincia de Pontevedra, de la "Actividad de conservación y mejora de los ecosistemas marinos y sus entornos en la costa de Galicia con cargo al plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR) financiado por la unión europea nextgenerationeu, C04.I02.P01.S13.05.01, para los años 2023, 2024 y 2025" (expediente AUT02/23/36/0216).
Publicado en:
«BOE» núm. 153, de 25 de junio de 2024, páginas 35790 a 35790 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2024-23879Leticia Santos, Alcaldesa de Moaña , esta obligada a conocer a la perfección la;
Moaña | Axencia de protección da legalidade urbanística
https://axenciaurbanistica.xunta.gal/es/node/2042
https://concellodemoana.org/oficina-virtual/normativa-urbanismo/
chrome-extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/https://www.valedordopobo.gal/wp-content/uploads/2024/07/7133-21-RDLs-Moana-castellano_B.pdf
chrome-extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/https://www.valedordopobo.gal/wp-content/uploads/2023/07/12484-22-Rdl-concello-B_es.pdfLa Dirección Xeral de Patrimonio advierte al Concello de Moaña que cualquier actuación urbanística en la finca de O Real ha de contar con su visto bueno.
https://www.lavozdegalicia.es/noticia/vigo/2007/09/19/xunta-obliga-concello-moana-proteger-real/0003_6153444.htm
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