La Junta Electoral de Galicia abre El camino judicial ante un expediente sancionador por delito electoral contra Alfonso Rueda, que podría o debería decretarse la inhabilitación para ejercer cargos públicos. PLADESEMAPESGA EXIGE SU DIMISIÓN. Destinatario: D. Alfonso Rueda Valenzuela, presidente da Xunta de Galicia
COMO YA INFORMA ESTE XORNAL EL PP EN GALICIA DESCONOCE LAS REGLAS DEMOCRÁTICAS IMPLANTADO A SU AIRE LA CORRUPCIÓN.
En la esfera política, donde convergen pasiones, ideologías y ansias de poder, las reglas son claras: las elecciones son el corazón de la democracia, y cualquier infracción a las normativas electorales puede desencadenar procesos legales rigurosos. Un expediente sancionador por delito electoral es la expresión más contundente de la respuesta del Estado ante posibles irregularidades en el proceso electoral.
LA JUNTA ALECTORAL REMITE A Destinataria: D.ª Ester Vázquez Vázquez, representante xeral do Bloque
Nacionalista Galego (BNG) y a Destinatario: Representante xeral do Partido Popular, y a Destinatario: D. Alfonso Rueda Valenzuela, presidente da Xunta de Galicia. DESCARGABLES.
Asunto: Acordo da Xunta Electoral de Galicia, do 9 de febreiro de 2024, polo que se resolve a denuncia da representante xeral do Bloque Nacionalista Galego (BNG) solicitando a incoación do correspondente procedemento sancionador contra o presidente da Xunta de Galicia e candidato do Partido Popular por unha posible infracción do artigo 50.2 LOREX (RE 426/2024).
ACORDA
Primeiro. Estimar a denuncia e declarar que o presidente da Xunta de Galicia, D. Alfonso Rueda Valenzuela, incorreu na prohibición establecida no apartado 2 do artigo 50 da LOREX, por non ter respectado o principio de neutralidade política.
Segundo. Ordenar a retirada da páxina web da Xunta de Galicia das manifestacións denunciadas.
Terceiro. Determinar a incoación de expediente sancionador contra o presidente da Xunta de Galicia, D. Alfonso Rueda Valenzuela.
La gravedad de un delito electoral no puede subestimarse Y LA JUSTICIA DE INSTRUCCIÇÓN PENAL DE SANTIAGO DEBE AC TUAR YÁ. Las acusaciones pueden variar desde el financiamiento ilegal de campañas, manipulación de votos, hasta el uso indebido de recursos públicos con fines electorales. Cada caso del PP representa una amenaza para la integridad del sistema democrático, socavando la confianza de los ciudadanos en sus instituciones y poniendo en entredicho la legitimidad de los resultados.
El camino hacia la apertura de un expediente sancionador por delito electoral suele iniciarse con la presentación de denuncias formales ante las autoridades competentes, como la Junta Electoral o el Ministerio Público, dependiendo de la legislación de cada país, en este caso ha tenido que ser desde el Bloque Nacionalista Galego. Estas denuncias son analizadas meticulosamente, y si se determina la existencia de indicios suficientes, se procede con la apertura del expediente y la investigación correspondiente.
Durante el proceso investigativo, se deberían recopilar pruebas, se escuchan testimonios y se realizan peritajes para esclarecer los hechos y determinar la responsabilidad de los implicados. Es crucial garantizar el debido proceso y el respeto a los derechos de defensa, permitiendo a los acusados presentar pruebas en su favor y ejercer su derecho a la legítima defensa.
Una vez concluida la investigación, se emite un informe que sustenta la decisión final. En caso de que se comprueben las infracciones, se imponen sanciones que pueden incluir desde multas económicas hasta la inhabilitación para ejercer cargos públicos. Estas medidas tienen como objetivo no solo castigar a los responsables, sino también enviar un mensaje claro sobre la intolerancia hacia cualquier forma de fraude electoral.
Sin embargo, es importante destacar que el proceso de sanción no siempre concluye con la emisión de un veredicto definitivo, y en Galicia la desconfianza es total. Las partes involucradas tienen la posibilidad de apelar las decisiones ante instancias superiores, asegurando así la revisión exhaustiva de cada caso y la protección de los derechos fundamentales de los implicados.
En última instancia, un expediente sancionador por delito electoral es mucho más que un simple proceso legal: es el reflejo del compromiso de una sociedad con la transparencia, la justicia y la democracia y su autor muestra claramente su partidismo en favor de la corrupción. Su correcta gestión es fundamental para preservar la integridad del sistema electoral y garantizar la confianza de los ciudadanos en sus instituciones.
RS 1247-2024. 12.02.24.pdf*: Este documento trata sobre una resolución de la Junta Electoral de Galicia respecto a una denuncia del BNG contra Alfonso Rueda Valenzuela, presidente de la Xunta de Galicia y candidato del PP, por una posible infracción electoral relacionada con declaraciones sobre el complemento de las pensiones no contributivas. La Junta decidió estimar la denuncia, declarando que las acciones violaron el principio de neutralidad política, y ordenó retirar las manifestaciones denunciadas de la web de la Xunta y abrir un expediente sancionador contra Rueda.
*RS 1248-2024. 12.02.24.pdf*: Este documento contiene una resolución de la Junta Electoral de Galicia sobre una denuncia del BNG contra Alfonso Rueda Valenzuela, presidente de la Xunta y candidato del PP, por infracción del artículo 50.2 LOREX relacionada con declaraciones sobre el complemento de pensiones no contributivas. La Junta desestimó la denuncia, interpretando las acciones denunciadas dentro de las competencias de comunicación institucional, no considerándolas campaña electoral.
*RS 1249-2024. 12.02.24.pdf*: Este documento detalla una resolución de la Junta Electoral de Galicia sobre una denuncia presentada por el BNG contra Alfonso Rueda Valenzuela, presidente de la Xunta de Galicia y candidato del PP. La denuncia se basa en declaraciones sobre el complemento de pensiones no contributivas, consideradas electoralistas. La Junta estimó la denuncia, declarando que las declaraciones violaban la neutralidad política y ordenó retirar el contenido de la web de la Xunta e iniciar un expediente sancionador contra Rueda.
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